Archivo por meses: noviembre 2007

Comunidad damanegra.com en Facebook

Facebook
Hace ya tiempo que llevaba pensando la posibilidad de instalar un foro en el servidor buscando algo más de interacción entre los usuarios, más allá de los simples comentarios que se añaden a cada entrada y que aunque dan vidilla no me entusiasman demasiado como método de comunicación porque presuponen la dirección de quién crea las entradas. Por el contrario, un foro suele ser una aplicación más anárquica, que permite crear entradas a cualquier usuario pero que tiene un alto componente de lucha contra los trolls y actualizaciones permanentes del software servidor pues parece que hay gente demasiado aburrida que se entretiene crackeando los sistemas de foros más habituales. Y además, tras haberlo experimentado un par de años en esta web, tampoco es que entusiasme excesivamente y tiene cierta tendencia a confundirse con los sistemas de publicación de contenidos cronológicamente organizados (también llamados blogs 😉 pero es que no me gusta la palabreja ni la trascendencia que algunos le quieren dar).

¿Así que qué mejor que acudir a la última maravilla de la tecnología web 2.0 que son las redes sociales? Por supuesto conozco Facebook y tengo una cuenta allí, y ya que hasta pasado mañana será lo más en la Red ¿por qué no aprovechar sus bondades? Tras unas semanas de trasteo por Facebook lo encuentro un poco confuso en ocasiones, pero igualmente rico en posibilidades. Y una de ellas es la de crear grupos de usuarios (que aún no se muy bien en que se diferencian de las redes aparte de en detalles como agrupar lugares de estudio o trabajo) con intereses comunes y que pueden tener su propio espacio en el que se incluye alfgo parecido a un foro.

Así que dicho y hecho, he creado la comunidad de seguidores de damanegra.com, a la que en un alarde de pretenciosidad (desolado que está uno por el 3-5 de ayer 😉 que se le va a hacer) he titulado grupo de Ajedrez en castellano, aunque para no herir sensibilidades añadiré la coletilla y otras lenguas oficiales 😛 Sé que tarde o temprano muchos de vosotros tendréis vuestra cuenta en Facebook, cuando queráis añadiros al grupo será tan fácil como pulsar la frase de Join Group (a ver cuando hay versión en castellano) y esperar a que verifique que sois una persona y no un bot o empresa que queréis haceros publicidad.

R9 Campeonato de Asturias por Equipos: La calculadora hecha trizas y un ascenso virtual

Un equipo en Tercera que tras imponerse 5,5-0,5 al Alfil C y el empate a 3 entre Pravia y Candás es virtualmente equipo de Segunda Categoría y casi campeón de grupo pues la distancia sobre el segundo es ahora de 4 puntos y de 5,5 sobre el tercero, con desempates favorables en ambos casos. Quedan dos rondas, contra Valdesva B y Mieres B que deberían solventarse de manera favorable sin excesivos problemas. Pero mejor no decir nada, no vaya a ocurrir algo como lo que pasó ayer sábado en Primera.

Y es que, tras varios años de no perder ningún encuentro en el Campeonato de Asturias por Equipos (creo que la última derrota había sido el segundo año de la Liga a Cuatro frente al Oviedo’93) ayer se perdió 3-5 frente al Ensidesa. Y todo lo escrito en post anteriores tirando de calculadora a la mieeerda, el Uni homenajeando a Fernán Gómez 😉 Nada que decir del resultado, meritoria y sorprendente victoria del Ensidesa que muestra que no hay que pensar en extraños métodos de competición para desafiar la hegemonía del gran o grandes equipos. Sólo hace falta ponerle un poco de ganas.

Y tas esto, próxima ronda del Uni frente al Ateneo y del Grupo frente al Grupo 64, con el Grupo Covadonga nuevo líder con nada menos que 2,5 puntos de ventaja en la clasificación. En condiciones normales el Uni debe enroscar un 8 al Ateneo para mermar en los más posible la distancia al Grupo, y en condiciones normales el Grupo debería ganar al Grupo pero no precisamente por 8 ni 7,5 … En condidiones normales se llegaría a la última ronda con una distancia que podría ser de 1 punto a favor del Grupo Covadonga y quedaría todo para el encuentro particular del día 15 en la última ronda en el Polideportivo de El Quirinal en Avilés. Pero quién esto escribe ahora mismo es quién va a recoger los pedazos de la calculadora de la pasada ronda …

Campeones de Cuarta categoria y ronda 8 del Campeonato de Asturias por Equipos

Ha concluído la Cuarta División con el Uni C en el primer puesto en solitario tras obtener el ascenso matemático en la anterior jornada. Es por tanto campeón de la categoría y jugará en la Tercera División para la próxima campaña. Alba López-Agudiña, José Manuel Alvarez, Iván Acha, Laura Camon, José Manuel Fernández, Víctor Díez, Daniel Parapar y Gonzalo Redondo han participado en esta campaña coronada por el éxito ¡Enhorabuena a todos ellos! En la foto, encuentro frente al Centro Asturiano de La Habana en Gijón la pasada jornada, Alba, Laura, JM Fernández y Gonzalo.

En Tercera victoria del Uni B 1-5 frente al Ateneo 1881 B lo que sirve para seguir comandando cómodamente la clasificación manteniendo la brecha frente a los perseguidores Candás y Pravia que ganaron de 5 y 5,5 respectivamente.

Y en Primera, resultado justo (por lo apretado) venciendo 5,5-2,5 al Oviedo’93. Este resultado hubiera igualado la clasificación de haberse impuesto el Grupo Covadonga al Pablo Morán por 0-8 tal y como hizo el Uni, pero se quedó en un escaso 2-6 que sólo sirve para reducir la distancia en medio punto. En la próxima ronda, Uni frente a Ensidesa y Grupo frente a Ateneo Obrero de Gijón. La lógica dice que el Grupo se impondrá 8-0 y el Uni no debe entonces bajar de un 6-2 para mantener el liderato. Si esto es así se afrontará la penúltima ronda con un Grupo – Grupo y un Uni-Ateneo que en buena lógica debe, al menos, no mermar la distancia que surja de la ronda anterior para así alcanzar el enfrentamiento decisivo de la última jornada con un campeón que resultará del vencedor del encuentro (y la estadística de los últimos años es impresionante ;)). La calculadora muestra la importancia que ha tenido esta ronda cara a la consecución del título.

Sobrasada marca «Jaque»

Hay que ver la de cosas curiosas que se encuentra uno haciendo la compra … sobrasada marca Jaque y hasta con la pieza de ajedrez en el envoltorio. Tiene razón quién dice que las referencias al ajedrez en la sociedad son mayores que la propia trascendencia del juego.

Si toddavía va a ser cierto lo de la trascendencia económica 😛 Ya me lo estoy imaginando … pipipipipipipippipipipi ¡¡¡Sobrasada marca Jaque patrocina el encuentro de la jornada de la Liga Profesional de Ajedrez en Caaaaaaaaarrruuuuuuuseeel Depoooortiiiiiiivvooooooo!!! 😛

Una Liga Profesional de Ajedrez (3): Sociedades Anónimas Deportivas

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Según la críptica circular 31/07 de la FEDA:

La División de Honor 2009 tendrá un sistema de franquicias o derechos, que se reglamentarán oportunamente.

¿En que consiste un sistema de franquicias o derechos? Esencialmente en que se cierra la posibilidad de alcanzar la categoría por méritos deportivos, pues los dueños de las franquicias (o derechos) son los únicos que pueden participar en dicha competición. Ahí tenemos ya una Liga Cerrada. Pero claro, hay que cerrar la Liga según algún criterio objetivo, no vale una simple franquicia, no vale poner el huevo. Para esa separación existe en España un criterio objetivo que es el del Deporte Profesional. Veamos pues que nos dice la Ley del Deporte española sobre el tema.

Lo primero, artículo 8 de la Ley del Deporte:

Son competencias del Consejo Superior de Deportes las siguientes:
e) Calificar las competiciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal.

En otras palabras, cualquier cerrojazo a la competición necesita de una autorización previa del Consejo Superior de Deportes (CSD), pues mientras no se demuestre lo contrario el deporte tiene carácter amateur. No cabe duda de que nuestros fedanómenos estarán ya en trámites para conseguir esta autorización del CSD, es más, incluso estarán planeando la estrategia para que en el CSD no se rían mucho al ver juntas las palabras profesional y las cantidades monetarias que se manejan en ajedrez. Claro que eso ya lo saben, no en vano el CSD es el principal aportante de fondos a la FEDA en concepto de apoyo al deporte amateur. Porque no olvidemos que las ligas profesionales no pueden recibir subvenciones públicas 😉 Quizá el negocio acabe siendo redondo para todos: uno se montan el cortijo o el pazo o la masía (para no herir susceptibilidades regionales) y otros se ahorran un buen dinerito en subvenciones. Lástima que en las estadísticas de empleo vaya a aumentar el empleo precario y de baja calidad 😉

Sigamos. Artículo 12.2:

Las Ligas son asociaciones de Clubes que se constituirán, exclusiva y obligatoriamente, cuando existan competiciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal, según lo establecido en el artículo 41 de la presente Ley.

Claro claro, profesionalismo, no puede ser de otra manera. Pero el profesionalismo tiene sus pros y sus contras, leamos el art. 19.1:

Los Clubes, o sus equipos profesionales, que participen en competiciones deportivas oficiales de carácter profesional y ámbito estatal, adoptarán la forma de Sociedad Anónima Deportiva a que se refiere la presente Ley. Dichas Sociedades Anónimas Deportivas quedarán sujetas al régimen general de las Sociedades Anónimas, con las particularidades que se contienen en esta Ley y en sus normas de desarrollo.

Lógico, cuando se crea una estructura pofesional es porque se persigue un beneficio, y para perseguir un beneficio hay que operar prácticamente como una empresa privada, así que la Ley obliga a convertirse ni más ni menos que en SAD. ¡Que ilusión! Yo, para que no se me acuse de destructor, voy a portar mi granito de arena y cederé unos apuntes y libros que tengo por ahí que hablan de Sociedades Anónimas y de conceptos tales como capital mínimo desembolsado, responsabilidad de los administradores, procesos concursales para empresas en situaciones de crisis y por si acaso hasta de liquidación de sociedades. Bienvenidos al mundo de la legislación mercantil 😉

Vamos a extractar algunos de los artículos siguientes referentes al mágico mundo de las sociedades anónimas deportivas para que no pillen luego a nadie por sorpresa:

Art. 20.2:

Los fundadores de las Sociedades Anónimas Deportivas no podrán reservarse ventajas o remuneraciones de ningún tipo.

El que avisa no es traidor …

Art. 21.1 y 21.2

1. Los criterios para la fijación del capital mínimo de las Sociedades Anónimas Deportivas que en ningún caso podrá ser inferior al establecido en la Ley de Sociedades Anónimas, se determinará reglamentariamente.

2. El capital mínimo de las Sociedades Anónimas Deportivas habrá de desembolsarse totalmente y mediante aportaciones dinerarias.

El capital mínimo es de 60.000 euros, debe desembolsarse íntegramente a diferencia de una SA mercantil normal y otra diferencia es que una SAD sólo puede tener aportaciones dinerarias. Cuando en el futuro comience a haber pérdidas (¿dónde están los ingresos?) no podrán enjuagarse mediante aportaciones no dinerarias sino que habrá que poner el huevo.

Art. 26.2

Sin perjuicio de la aplicación del artículo 200 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, en la memoria deberá especificarse, en su caso, la distribución del importe neto de la cifra de negocios correspondientes a las actividades propias de cada sección deportiva de la sociedad.

Madre mía, cifra de negocio y ajedrez juntas en la misma expresión. Como derechos de TV no habrá ¿pensará alguno en vender cromos para obtener ingresos? Mira mira, te cambio un Alberto Andrés por tres San Segundos y cuatro Narcisos, es que ¡Alberto es el difícil de encontrar! (eso me da para otro tema próximamente).

Art. 27

Los créditos por préstamos hechos por los accionistas, consejeros y demás administradores de una Sociedad Anónima Deportiva a favor de ésta tendrán la consideración de subordinados respecto de los demás en los que la sociedad figure como deudora.

En otras palabras, que si has tratado de camuflar tus obligaciones como propietario en un préstamo a tu sociedad, si las cosas van mal serás el último en cobrar tras todos los deudores. ¿Qué a que viene esto? Simplemente que conozco al percal 😉

Más adelante tenemos un art. 41 dedicado exclusivamente a las Ligas Profesionales, no aporta nada que prácticamente no se haya dicho antes o no se suponga:

Artículo 41

1. En las Federaciones deportivas españolas donde exista competición oficial de carácter profesional y ámbito estatal se constituirán Ligas, integradas exclusiva y obligatoriamente por todos los Clubes que participen en dicha competición.

2. Las Ligas profesionales tendrán personalidad jurídica, y gozarán de autonomía para su organización interna y funcionamiento respecto de la Federación deportiva española correspondiente de la que formen parte.

3. Los Estatutos y Reglamentos de las Ligas profesionales serán aprobados por el Consejo Superior de Deportes, previo informe de la Federación deportiva española correspondiente, debiendo incluir, además de los requisitos generales señalados reglamentariamente, un régimen disciplinario específico.

4. Son competencias de las Ligas profesionales además de las que pueda delegarles la Federación deportiva española correspondiente, las siguientes:

a) Organizar sus propias competiciones, en coordinación con la respectiva Federación deportiva española y de acuerdo con los criterios que, en garantía exclusiva de los compromisos nacionales o internacionales, pueda establecer el Consejo Superior de Deportes.

b) Desempeñar, respecto de sus asociados, las funciones de tutela, control y supervisión establecidas en la presente Ley.

c) Ejercer la potestad disciplinaria en los términos previstos en la presente Ley y sus disposiciones de desarrollo.

Obsérvese la persistencia en lo de competición oficial de carácter profesional, única forma de cerrar una competición para que sea autogestionada por sus integrantes.

Más adelante el art. 46.2 es muy cachondo respecto al tema. Nos habla de que criterios se deben seguir para calificar a una competición como profesional:

Son competiciones oficiales de ámbito estatal aquellas que así se califiquen por la correspondiente Federación deportiva española, salvo las de carácter profesional, cuya calificación corresponderá al Consejo Superior de Deportes.

Los criterios para la calificación de las competiciones oficiales de ámbito estatal podrán ser establecidos en las disposiciones de desarrollo de la presente Ley o, de acuerdo con ellas, en los Estatutos federativos correspondientes.

Serán criterios para la calificación de competiciones de carácter profesional entre otros, la existencia de vínculos laborales entre Clubes y deportistas y la importancia y dimensión económica de la competición.

De la existencia de vínculos laborales ya he hablado en otra ocasión, el profesionalismo en ajedrez dura una semana, pero si el CSD entiende que con eso se cubre el expediente … todo sea por ahorrarse una subvención ¿verdad Lissavetzky? Pero lo de la dimensión económica de la competición … en fin … en el momento actual lo único que tiene dimensión económica es … habrá que mirar bajo la alfombra a ver si se ebncuntra algo porque a la vista, nada de nada.

Pero no perdamos la esperanza, que siempre hay un roto para un descosido y hasta una fuente de ingresos para el desierto de la dimensión económica. Art. 79 sobre sanciones:

c) Las de carácter económico, en los casos en que los deportistas, técnicos, jueces o árbitros perciban retribución por su labor, debiendo figurar cuantificadas en el reglamento disciplinario y en los Estatutos de la Federacion correspondiente. Las sanciones de caracter económico podrán imponerse a todos los que intervienen o participan en las competiciones declaradas como profesionales, debiéndose igualmente proceder a su cuantificación en los reglamentos y estatutos correspondientes, así como en su caso, los de la Liga profesional.

Bueno, al menos las sanciones podrán cobrarse en fectivo y no sólo en tirones de orejas. Algo es algo, igual hasta recaudan lo suficiente para una cena de fin de curso, digooooo de competición.

Pero que no se diga que tiro sólo para un lado. Vamos a girar el teclado y nos vamos al otro bando. No veo nada, absolutamente nada explicitado sobre modelos de competición, deporte profesional o amateur, ligas cerradas … nada. Veo un par de intervenciones referentes a competiciones por equipos en los que se habla de la poca importancia de la competición, quiebras de equipos (no no no, aún no pueden quebrar hasta que sean SAD, y ahora se llama proceso concursal), ausencia de patrocinadores, contrataciones (precarias, eso hay que decirlo también) de estrellas y poquito más. O sea, nada, ni sí ni no sino todo lo contrario. Amador & colaboradores, hay que tener propuestas y contrapropuestas, sobre todo cuando se habla de algo críptico que se va a aprobar al final del mandato de una junta directiva para entrar en vigor en la primera temporada de la nueva, que no se puede decir soy la oposición y punto. Aunque a mí me da que pensar que en algunas cosas si se está de acuerdo con el proyecto agotado, verdad? 😉

Y esto es todo amigos, el próximo día un nuevo capítulo de Liga Profesional de Ajedrez.